Mas sobre el caso Lugón
06 MAY 26 / 10:07 hs.

Mas sobre el caso Lugón

La Comisión Directiva emitió un comunicado al respecto

Resolución de Honorable Comisión Directiva.-

La Asociación Corredores Turismo Carretera, con larga y dilatada experiencia desde su fundación, siempre ha privilegiado la defensa de sus pilotos, y procurando en el ámbito de sus normas estatutarias, cuidar de los principios generales de seguridad para los mismos, los mecánicos, y asistentes a las competencias, y en ese marco, ha debido instrumentar -con indudable éxito- muchas normas de seguridad en los autos y autódromos; medidas de protección personal de los participantes, y demás acciones para la protección de todos los que habitualmente comparten la pasión por el TC.-

Es con esa dinámica y ante la reiteración de hechos en dos recientes competencias -en concreto lo sucedido a los pilotos Barrio y Candela en Viedma, Pcia. de Rio Negro, y Lugón en Neuquén, que sufrieron desprendimientos de rueda completa en sus vehículos, en plena competencia, con la justificada incidencia negativa y eventuales riesgos que podrían causar no solo a ellos mismos, sino al público que asiste a dichos eventos, por lo que se resolvió legislar para evitar tales eventos.-

Por ello, el 18 de Marzo del corriente año, se dispuso agravar las sanciones para evitar dichos sucesos, pero también se dispuso que durante el fin de semana de la competencia de Neuquén, se resolviera capacitar e interiorizar debidamente a todos los integrantes de los equipos, por parte del personal técnico de la ACTC y el proveedor de los elementos en cuestión -tuerca central- hecho este que se ha de reiterar en todas las competencias de la especialidad.-

A pesar de ello, los hechos sucedieron, y ante esa eventualidad, el Comité Ejecutivo en uso de sus facultades - art 14 estatuto social- dispuso dejar en suspenso la sanción aplicada al equipo del piloto Lugón el día 6/4/26, es decir y cumpliendo también con las normas del estatuto, en la primera reunión de la HCD ocurrida el día 7/4/26, y ante el pedido expreso del piloto Lugón, quien pidiera reconsideración de dicha medida, fue tratado el tema largamente y en forma pormenorizada por todos los presentes, quienes, a fin de que se pueda lograr morigerar y/o eliminar, dentro de lo posible, estos eventos dañosos no queridos, y se disponga de medidas alternativas de verificación del ajuste de ruedas, para asegurar dichos elementos, y se formalicen cuantas más acciones sean posibles, por parte de los Departamentos Deportivo y Técnico, y, eventualmente, si así fuere necesario, del Departamento Legal de la entidad.-

Las demás cuestiones que rodearon a estos episodios, serán resueltas en el marco de las normas estatutarias y de las previsiones del RDA en la materia, y no merecen -a entender de esta entidad- mayores explicaciones. Ello en virtud de accionar dentro del margen del principio de autoridad, y a la vez, en conjunción con la plena vigencia de los legítimos derechos de defensa de los pilotos, los cuales no han sido ni conculcados, ni desoídos, como en todo acto sancionatorio ha ocurrido antes de ahora, propio de las obligaciones derivadas de la fiscalización del campeonato argentino del Turismo carretera.-

Tampoco se debe olvidar que esta entidad, hace cuatro años, viene realizando capacitaciones de “Mecánico Especializado de la ACTC”, y otros cursos propios de la actividad, para formar mejores recursos humanos dependientes de los equipos y pilotos, y a la vez Oficiales Deportivos, para que los eventos sometidos a dichas cuestiones, puedan ser resueltos de la mejor manera posible, dentro del marco del riesgo propio que implica esta actividad.-

Bs. As 5 de Mayo de 2026.-

H. Comisión Directiva A.C.T.C