Comunicado CAF 01/2023
03 ENE 23 / 18:12 hs.

Comunicado CAF 01/2023

La comisión asesora y fiscalizadora de la ACTC emitió un comunicado luego de la reunión llevada a cabo este día martes 03 de Enero.

1-    ARTICULO 8:  ASCENSOS de CATEGORIA y DISTINTIVOS de los CAMPEONES
 
VISTO: La solicitud de Pilotos que requieren el pase a la categoría TURISMO CARRETERA, algunos de ellos careciendo de la cantidad de carreras mínimas establecidas, sin perjuicio de lo cual poseen mayor cantidad de carreras ganadas que otros que acreditan las mínimas corridas, y
CONSIDERANDO: que el Ascenso de Categoría debe entenderse como un reconocimiento al mérito, al esfuerzo y a los logros obtenidos; que en tal sentido se han dispuesto las condiciones de ascenso al TURISMO CARRETERA; que debe asimismo tenerse en cuenta la importancia de la seguridad en las competencias;

La COMISIÓN ASESORA y FISCALIZADORA de la ACTC RESUELVE:


PRIMERO: Modificar el Artículo 8 del Reglamento General Campeonato Argentino de Pilotos Año 2023, de la Categoría TURISMO CARRETERA PISTA, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

El Piloto CAMPEÓN de la Categoría TC Mouras, obtendrá el pase al TURISMO CARRETERA.
Para la habilitación del mismo, deberá competir durante un año, en la Categoría TURISMO CARRETERA PISTA.

Quedan habilitados para ascender a la Categoría TURISMO CARRETERA, el CAMPEÓN y SUB CAMPEÓN del torneo de la categoría TURISMO CARRETERA PISTA.

A partir de la Temporada 2023, todo aquel Piloto que ascienda a la Categoría TURISMO CARRETERA PISTA, deberá cumplir con el régimen de competencias establecido, exceptuado únicamente por ser CAMPEÓN o SUBCAMPEÓN y tendrá que tener por lo menos una carrera ganada para acceder al privilegio del pase al TURISMO CARRETERA.

Respecto de los Pilotos que obtuvieron el pase al TURISMO CARRETERA, habiendo cumplido el régimen de carreras corridas en (TC Pista, TC Pick Up y otras competencias a determinar, exceptuando las corridas en TCPM y TCM), la CAF de la ACTC, se reserva el derecho de observar y evaluar su desempeño durante las cinco primeras carreras en las que los mismos participen, a fin de determinar la confirmación o no del pase.

 

Es POTESTAD de la COMISIÓN DIRECTIVA de la ACTC, Autorizar el Ascenso de Categoría a uno o más Pilotos, previo análisis evaluatorio que se realizará teniendo especialmente en cuenta las siguientes condiciones:

a-    que el Piloto se encuentre ranqueado en el Campeonato de TC Pista.

b-    sumatoria de puntos y carreras ganadas durante los últimos dos años.

c-    antecedentes disciplinarios.

d-    cupo de ingresos.


El poseedor del Título de Campeón Argentino 2022 de la Categoría TURISMO CARRETERA PISTA, podrá ostentar durante el campeonato de la especialidad del año 2023 en ambos costados de su auto un círculo con los colores Argentinos de 12 cm de diámetro como máximo.
                                                                                           

C A F